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Código Penal: conoce qué características tiene el artículo 248, referente al delito de estafa

Actualizado: 4 nov 2023

La norma establece que por el delito de estafa se estaría condenando de 1 a 6 años de prisión efectiva a quienes cometan estos actos delictivos.

Redacción: Jorge Manrique


El delito de estafa se ha convertido en un delito recurrente y afecta de forma negativa a la ciudadanía, pero pocos conocen qué castigo podrían recibir las personas que incurren en esta acción contemplado dentro del Código Penal, el cual define las penas que los jueces imponen, en esta nota te damos algunos alcances sobre esta actividad delictiva.


El articulo 248 del Código Penal, nos indica que, la estafa es cualquier "uso de engaño que sea sumamente grave como para inducir al error a otra persona". De esta forma, lucraría a costa del estafado, al hacer uso del patrimonio ajeno en prejuicio de dicha persona, como por ejemplo, la afección a los bienes del estafado y se beneficiaría con los bienes ajenos.



La estafa también tiene la modalidad de quedar en tentativa, es decir, cuando no se consuma el delito. En el caso de estafa agravada, el código penal señala que deben cumplir, además, con estas características.


Por ejemplo, se considera como un delito cuando una persona, a través de manipulaciones informáticas consigan transferencias no consentidas, también quienes fabriquen o distribuyan programas que se utilicen para producir estafas.


LAS PENAS IMPUESTAS

El código penal muestra diferentes penas para el delito de estafa, esto dependiendo de qué tan grave sea el acto cometido por el estafador. Estas penas van desde 1 a 6 años de prisión efectiva y el pago de días multas de 6 a 12 meses.


Entre los casos más graves de estafa se dan cuando la suma robada asciende a S/50 mil, cuando la estafa afecta a muchas personas, también cuando el estafador se aprovecha de una relación personal con la víctima y por último cuando el estafador ya ha sido condenado mas de tres veces por el mismo delito.


En caso el delito de estafa lo comete una persona jurídica, la pena viene a ser económica. Una multa de 3 a 5 veces la cantidad defraudada cuando el delito trae consigo una pena de prisión mayor a 5 años y una multa de 2 a 4 veces la cantidad defraudada en el resto de los casos.


Un último punto a tocar seria la “Excusa Absolutoria”, la cual señala que se exima de responsabilidad penal a cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos. Siempre que se cometa estafa entre personas con estos parentescos, no habrá pena a cumplir o delito que se pueda adjudicar. Con esta información podemos concluir que el Código Penal cubre cada aspecto de este delito y condena el acto desde todo enfoque.

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